ANUNCIO DE LIBERACIÓN Y SALVACIÓN
Horacio Simian Yofre
Isaías 61
es una unidad textual, que comienza y concluye con la mención solemne del
nombre divino “Señor mi Dios” —Yahvé Adonai en hebreo— y se divide en tres secciones.
En la primera (Is 61.1-3a) el profeta expresa en primera persona el sentido de
su vocación.
La
segunda sección (Is 61.3b-9) se refiere al pueblo y se puede considerar pronunciada
por el Señor, aunque esto es evidente solamente a partir de Is 61.8. La tercera
sección (Is 61.10-11) es una declaración de alegría, probablemente de Jerusalén
misma, que concluye con una comparación de tipo sapiencial.
La
primera sección comienza presentando al profeta que es movido por el espíritu del
Señor, como los jueces y como los antiguos profetas (véase Nm 11.25-26; 24.2).
Pero también Is 11.2 y frecuentemente Ezequiel hablan de la función profética
en relación con la presencia del espíritu divino. No es propia de la función
profética en cambio la unción, que pertenece a los reyes (1 Sm 16.1, 12-13) y
sacerdotes. Según 1 Re 19.16 Elías debía ungir a Eliseo como profeta y al mismo
tiempo como su sucesor, pero de hecho, en la historia de ambos, la unción no se
encuentra.
A
continuación, una serie de proposiciones que indican finalidad, describen la
misión del profeta: es el "evangelista" que anuncia buenas noticias
(véase Is 52,7), el que cura, consuela y alegra a los afligidos habitantes de
Sión, el que proclama la liberación de los prisioneros (nótese cómo esta última
acción se expresa con dos frases sinónimas).
Destinatarios
de su mensaje son los pobres, condición que implica al mismo tiempo pobreza
física, opresión, humildad y dulzura. Los cautivos a los cuales se anuncia la liberación
podrían ser todavía los residentes en Babilonia, si el texto ha sido compuesto y
pronunciado en los primeros años del retorno. Pero es posible que el profeta se
refiera a una situación de injusticia, que se habría originado a causa de las tensiones
entre los israelitas retornados del exilio y los habitantes que habían quedado
en Jerusalén.
La
consolación de los afligidos es el cumplimiento de la misión a la cual se
aludía desde Is 40.1. Los afligidos son, en el lenguaje bíblico, los que hacen
duelo por una desgracia personal, como la muerte de un ser querido. Esto
explica la imagen de la "ceniza" (que de suyo se esparce sobre la
cabeza como signo de luto) cambiada en corona, y del traje de duelo cambiado en
vestido de fiesta.
El
anuncio del año de gracia alude a los años jubilares (cada cincuenta años,
véase Lv 25.10-17) y sabáticos (cada siete). Según la ley, estos años llevaban
consigo una restauración completa de la justicia, la liberación de esclavos
(véase Ex 21.2; Dt 15.1, 12), el perdón de las deudas y la restitución de los
bienes enajenados. Pero si para unos el año será de gracia, para otros será de
venganza. El concepto moderno de venganza incluye dureza de corazón y crueldad.
En el Antiguo Testamento, en cambio, la "venganza" ejercida por Dios
mismo o por los hombres, designa con frecuencia la defensa de los derechos de
los débiles y la reparación de la injusticia.
Según
la concepción del Antiguo Testamento, estas acciones de reparación y de defensa
puede realizarse por propia mano cuando falta la instancia jurídica necesaria;
en cuanto al Señor, debe hacerlo personalmente porque no puede someter su caso
a un tribunal humano. Una cierta semejanza entre la descripción de la vocación
del profeta, y la del Servidor del Señor en Is 42.1, 7, o la de Ciro en Is 45.1-2,
ha hecho pensar que se trata aquí del mismo personaje. Pero las diferencias con
uno y otro son suficientes como para desechar la idea. Más bien es necesario
mantener que la concepción de profeta que aquí aparece es sobre todo la del que
proclama buenas noticias, como el personaje anónimo de Is 35.
A
partir de Is 61.3b, el interés se centra en los habitantes de Jerusalén, no ya
en el profeta mismo. El sujeto pasivo o activo, y en todo caso el término de referencia
de Is 61.3b-9 es el pueblo, destinatario de la misión del profeta, y del cual,
o al cual, se habla en plural, en tercera o segunda persona.
El
pueblo de Jerusalén es comparado con encinas (Is 61.3). Los grandes árboles son
signo de belleza y estabilidad (véase Is 2.13; 60.13). Los habitantes,
auxiliados y servidos por extranjeros, reconstruirán las ruinas de la ciudad y
del país (Is 61.4-5). El título de sacerdotes y ministros del Señor es el que justifica
que el pueblo reciba ahora los "diezmos" con que las naciones
contribuyen a su reconstrucción (Is 61.6). Ya Is 40.1 hablaba del
"doble" de castigo que había merecido Israel.
Ahora
el pueblo recibe una doble recompensa (Is 61.7). La alegría perpetua que el
Señor promete (Is 61.7-8), y la promesa o pacto indefectible que quiere establecer
con su pueblo compensan las "antiguas ruinas" ("perpetuas",
Is 61.4, la misma palabra en hebreo) con las cuales el pueblo había convivido largo
tiempo.
El
texto concluye con el reconocimiento agradecido del pueblo. La ciudad
personificada habla en primera persona singular y expresa su alegría. El Señor,
que se revestía de liberación y venganza, indignación y salvación para acudir
en socorro de su pueblo (Is 59.17), concede ahora a su ciudad los vestidos de
la salvación y liberación (Is 61.10). La seguridad de la ayuda del Señor se
expresa finalmente con la imagen vegetal de la fecundidad.
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LA CMIR APELA A UN PLAN JUSTO PARA LA PAZ
Pidamos por la paz de Jerusalén:
Que vivan en paz quienes te aman.
Salmo 122:6 (NVI)
La
Comunión Mundial de Iglesias Reformadas (CMIR)
rechaza firmemente la Propuesta de Paz para Oriente Medio presentada por la Administración
Trump y exige un plan que tenga en cuenta a todas las personas que viven en el
área israelí / palestina, así como a las personas refugiadas que han sido
desplazadas.
Junto
a varias de nuestras iglesias miembros, incluidas la Iglesia Unida de Cristo,
la Iglesia de Escocia y la Iglesia Presbiteriana de Estados Unidos (PCUSA), la
CMIR considera que la propuesta de la Administración Trump no es justa ni realista.
La propuesta, titulada “Paz para prosperar: una visión para mejorar la vida del
pueblo palestino e israelí”, habilitaría a Israel a anexar todos sus
asentamientos en Cisjordania y también el Valle del Jordán. Esto revierte
resoluciones de las Naciones Unidas, así como decisiones de la Corte
Internacional de Justicia que establecen que estos asentamientos son ilegales.
Fuerzas
israelíes controlarían tanto por tierra como por aire el acceso a los restantes
sectores dispersos del territorio palestino, restándole valor a la idea de un
estado palestino. Además, los requisitos para esta llamada condición de estado
imponen duras cargas a los palestinos y a las palestinas, perpetuando la
negación de sus fundamentales derechos políticos, económicos y humanos. La
propuesta rechazaría, asimismo, el derecho al retorno de las personas
palestinas refugiadas de la guerra de 1948, conforme a la Resolución 194 de la
Asamblea General de las Naciones Unidas.
El
plan anula los reclamos palestinos sobre Jerusalén y autorizará el control
israelí sobre la ciudad y sus alrededores, negando el acceso y el control a musulmanes
y cristianos que han vivido allí por siglos.
Por
ende, es evidente que la propuesta ignora tanto los derechos palestinos como el
derecho internacional y el consenso sobre la paz en Tierra Santa.
La
CMIR está comprometida con la causa de la justicia y la paz en el Medio Oriente
y fue desafiada por sus iglesias miembros para dar a conocer el clamor del
pueblo palestino, especialmente de la comunidad cristiana, ya que “están en
juego la integridad de la fe cristiana y su praxis” (Acción 55, Asamblea
General de 2017).
Convocamos
a nuestras iglesias miembros, a la comunidad cristiana en general y a la
comunidad internacional a orar y a trabajar por la paz en Medio Oriente.
Además, pedimos a los cristianos y a las cristianas junto a la comunidad
internacional que se pronuncien a nombre del pueblo palestino, dando a conocer
su dolor.
Pedimos,
además, que las iglesias y organizaciones miembros que se encuentran en
posición de hacerlo aboguen activamente ante sus gobiernos por un plan de paz
justo, que tenga en cuenta el derecho internacional y los derechos del pueblo
palestino.
wcrc.ch, 6 de febrero
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